A partir de 2027, todas las facturas que emita tu empresa tendrán que salir de un programa que cumpla el reglamento VeriFactu. No es un trámite que haya que presentar ni un programa que haya que instalar: es una lista de requisitos que tiene que cumplir el software con el que facturas. Si lo cumple, no notarás casi nada. Si no lo cumple, hay que cambiarlo.
Esta guía de 13 páginas te cuenta, sin jerga, qué cambia, desde cuándo y cómo comprobar en una llamada si el programa que usas hoy te sirve.
1 ene 2027
Sociedades y demás contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades
1 jul 2027
Autónomos y el resto de obligados
50.000 €
Multa por facturar con un programa que no cumple, por ejercicio
Qué te llevas
- El calendario actualizado, con el aplazamiento aprobado en diciembre de 2025 y quién queda excluido (SII y territorios forales).
- Las dos modalidades explicadas —VERI*FACTU y sistema no verificable— y cuál conviene a una pyme.
- Los siete requisitos que tu programa debe cumplir, en cristiano.
- Diez preguntas para tu proveedor de software, listas para imprimir y hacer la llamada.
- Un plan de adaptación en ocho pasos, con el calendario contado hacia atrás desde tu fecha.
- Doce preguntas frecuentes y un checklist de catorce puntos para marcar.
Lo que hay dentro
1Lo que hay que entender en dos minutos
2Las fechas, y por qué han cambiado
3Las dos maneras de cumplir
4Los siete requisitos que tu programa debe cumplir
5Qué cambia en tu día a día
6Diez preguntas para tu proveedor de software
7Plan de adaptación en ocho pasos
8Lo que cuesta no hacerlo
9Preguntas frecuentes
10Tu checklist
Para quién es
Pymes con facturación propiaLas que emiten desde un programa de gestión y no saben si el suyo va a cumplir.
AutónomosSobre todo los que todavía facturan con una hoja de cálculo o una plantilla de Word.
Comercios con TPVLa caja registradora también emite facturas, y también está obligada.
Responsables de administraciónQuien va a tener que explicar el cambio al resto del equipo.
Una aclaración que ahorra dinero
VeriFactu no es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas. Son dos normas distintas con calendarios distintos, y confundirlas es lo que lleva a cambiar de sistema dos veces. En la guía están separadas desde la primera página.